Carta abierta de integrantes de DAC para defender su asociación

por © NOTICINE.com
Carlos Galettini, actual director de DAC
Carlos Galettini, actual director de DAC
Carlos Galettini, actual director de DAC6-III-06

Miembros de la entidad que reúne a los directores cinematográficos argentinos, la D.A.C., ha hecho pública una carta abierta para invitar a reflexionar a sus colegas acerca de una propuesta que modificaría los actuales estatutos y pondría en peligro a esta asociación, la cual reproducimos a continuación.

"Con la misma responsabilidad y compromiso que pusimos durante muchos años como asociados de DAC, nos sentimos hoy en la obligación de alertar a nuestros colegas sobre las consecuencias de la propuesta de la actual Comisión Directiva (CD) de la entidad para modificar los Estatutos originales de la misma.

Los estatutos propuestos conducen de manera inevitable a la destrucción de la D.A.C. como entidad gremial, con 50 años de historia.

Por su propia naturaleza, una Sociedad de Gestión es exclusiva y excluyente. Nadie puede ser socio de dos entidades de gestión, así lo establece el proyecto de estatuto enviado por la CD de D.A.C., o el punto 5 de los requisitos de SGAE para asociarse, y todas las demás, porque nadie puede ser gestionado en el cobro por dos entidades al mismo tiempo.

¿Qué harán pues los asociados a SGAE? ¿Deberán renunciar a D.A.C. y con ello a tener representación gremial en la Argentina? ¿Cuántos socios quedarán en D.A.C.?

En todo el mundo, las asociaciones de defensa gremial como D.A.C., son independientes de las sociedades de gestión, que se forman paralelamente por separado.

¿Por qué hacerlo distinto destruyendo a D.A.C. como asociación gremial? ¿Qué está detrás de este cambio de destino de D.A.C.? ¿Una sociedad de gestión debe nacer destruyendo a la D.A.C. de siempre?

La DESTRUCCION de D.A.C. por una CD temporal u ocasional es lo que los directores de cine no podemos permitir.

¿Debe permitirse que los nuevos directores no puedan más votar o integrar la CD de D.A.C. hasta llegar a tener 3 o 4 películas realizadas?

El Nuevo Estatuto es el principio del fin para D.A.C. como entidad gremial de directores.

¿Es posible votar tales "nuevos estatutos"?

La fundación de D.A.C. se hizo sobre la base de un proyecto de unidad de las dos entidades preexistentes en busca del bien común y del consenso en torno a las claras reivindicaciones gremiales establecidas en sus estatutos. Esa claridad y la falta de contradicciones en sus objetivos la hizo una entidad fuerte, una entidad que lideró durante esos 50 años la lucha por un cine nacional que expresara en libertad la identidad y la diversidad de los argentinos.

Hoy nos encontramos frente a una situación radicalmente distinta derivada de la intención de cambiar las características de asociación profesional (Mutual, Gremial y Cultural) incorporándole, apresuradamente, el objetivo de la Gestión de los derechos de autor sin detenerse a reflexionar sobre las contradicciones que trae aparejadas tal incorporación.

Cabe recordar que esta opción fue descartada en su momento por la entonces Subcomisión de Derecho de Autor a partir de una amplia reunión informativa llevada a cabo en el local del S.I.C.A. Esa subcomisión, en conjunto con las Asociaciones que representan con exclusividad a los directores y en el marco de la Mesa de Enlace -creada con el objetivo de consensuar las políticas del sector-, fue la que continuó con la creación de S.A.D.A.C., una Entidad de Gestión independiente de las de tipo gremial, tal y como se acordara como la mejor solución en aquella reunión.

A partir de ello, DAC, DIC, AADC y PCI, en tanto entidades con representación gremial de los directores, quedaban naturalmente constituidas en el contralor más eficaz de esa sociedad de gestión, pudiendo actuar, en consecuencia y en absoluta libertad, en defensa de los intereses gremiales de sus asociados.

El reconocimiento del Derecho de Autor para el Director de Cine que fue motorizado por D.A.C. contó con el apoyo militante de todas las entidades de directores porque su espíritu fue amplio, democrático y participativo.

Los estatutos que hoy se proponen son, por el contrario, elitistas, excluyentes y discriminatorios, a partir de una declarada vocación de compulsiva hegemonía. Atentan contra la unidad de los directores ya que obligan a quienes pertenecen a otras asociaciones gremiales a renunciar a las mismas para poder ser representados económicamente por una entidad que pretende sustentar el doble rol gremial y de gestión de derechos, o a renunciar a DAC a quienes quieran seguir en cualquier otra sociedad de gestión.

Este es un verdadero chantaje que colisiona con el espíritu pluralista, de libertad de afiliación y de asociación que garantizan para los ciudadanos la Constitución Nacional (Art. 14 bis y 37), la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. 20, 23 y 27), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Art. XIII y XXII) y el Pacto de San José de Costa Rica (Art. 16).

Hasta ahora los Estatutos de D.A.C. establecían que para tener el pleno derecho de asociado, esto es ser activo gozando de todos los beneficios y elegir y ser elegido para conducir la entidad, bastaba con tener solo una película. D.A.C. defendió históricamente la igualdad de los directores.

Al trasladar mecánicamente a los estatutos propuestos lo peor de los estatutos de otras entidades, se intenta convertir a D.A.C. en una entidad elitista, discriminatoria y cercenadora de derechos gremiales y económicos, puesto que se establecen distintas categorías.

El director que contaba con una película al ingresar a D.A.C. era socio activo. Al hacerlo con los nuevos estatutos se convierte en "socio administrado B" y tendrá sólo voz en las Asambleas pero no podrá votar ni ser elegido para ningún cargo. Dicho en otras palabras se desalienta la incorporación de los directores jóvenes, los que durante 50 años nutrieron a nuestra Asociación.

El director que acredite hasta tres obras cinematográficas será "socio administrado A", tendrá voz y voto en las Asambleas y podrá votar pero no ser elegido para cargos electivos. Recién será "socio activo" de la entidad aquel asociado que cuente con cuatro o más películas y ser elegido Presidente o Vice sólo si cuenta además con cinco años de antiguedad.

Al hacer suya esta división en categorías tomada de otros estatutos que no funcionan bien, no es aventurado pensar que incorporará también el grado de sospecha y de conflictos periódicos que ha caracterizado los últimos tiempos la vida interna y la respetabilidad de esas entidades.

Por eso, colegas directores asociados a D.A.C.:

Los instamos a reflexionar sobre el daño que puede infringir a la entidad el cambio de estatutos propuesto por la actual CD de DAC.

Fraternalmente

Nemesio Juárez, Octavio Getino, Alejandro Malowicki, Fernando Musa y Humberto Ríos".